Embarazadas

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martes, 17 de diciembre de 2013

La historia de la causa

El inicio
El 26 de marzo de 2003 Félix Pablo Crous, Fiscal ante los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción, representante del Ministerio Público Fiscal en los procesos por violaciones a los Derechos Humanos llevados adelante en La Plata, presentó una denuncia por delitos cometidos entre 1976 y 1983 en varias dependencias de la zona que funcionaron como campos de concentración y formaron parte del circuito de represión ilegal. Entre estas dependencias estaba La Cacha.
Su presentación contaba con antecedentes. En primer lugar, existía desde hacía 20 años una declaración hecha por un grupo de sobrevivientes ante la Comisión Arquidiocesana para los Derechos Humanos del Arzobispado de San Pablo, Brasil (CLAMOR). Dos meses antes de que terminara la dictadura, el 20 de octubre de 1983 habían detallado sus experiencias y denunciado el funcionamiento interno de La Cacha, además de brindar información sobre las personas secuestradas vistas y los responsables de los crímenes.
Más adelante, en 1984, una vez que la CONADEP comenzó a recoger testimonios, se hicieron numerosas denuncias relacionadas con este campo de concentración. En aquel entonces la misma Comisión hizo un relevamiento de la zona, documentándolo con actas y fotos.
Muchos años después, a partir de 1998, la información sobre La Cacha se fue ampliando con las innumerables declaraciones hechas ante la Cámara Federal de La Plata en el marco del Juicio por la Verdad, cuyas audiencias continúan realizándose hasta el presente.
Por su parte, la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos (AEDD), confeccionó una recopilación de información relativa a La Cacha; en ese importante trabajo sistematizaron la información sobre el funcionamiento del lugar, sus características físicas, las personas secuestradas allí y los responsables de los crímenes cometidos.
La investigación sobre los responsables y víctimas a lo largo de todos estos años fue llevada adelante por los sobrevivientes.

Una causa perdida
Otro precedente de la denuncia del fiscal Crous en 2003 fue la causa Portesi.
Después de que la APDH La Plata remitiera el testimonio de los sobrevivientes ante CLAMOR al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el 27 de diciembre de 1983 el Ministro de Gobierno, Juan Antonio Portesi, radicó la denuncia sobre los crímenes cometidos en La Cacha en el Juzgado Penal Nro. 3, a cargo de Pablo A. Peralta Calvo.
La causa se tramitó bajo el nro. 124963 y fue caratulada “Portesi, Juan Antonio s/ denuncia”. En ella se tomaron declaraciones a los sobrevivientes, se hicieron gestiones para avanzar en la identificación de responsables, pero el 23 de octubre de 1984 el juez se declaró incompetente y envió las actuaciones al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (COSUFA).
Después de esto la causa se estancó.

La larga instrucción
En la sentencia de la causa 13 / 84 -Juicio a las Juntas- quedó claro el carácter sistemático de la represión durante la última dictadura. Se explicó allí la existencia de circuitos represivos que vinculaban entre sí distintos campos de concentración. Muchas víctimas secuestradas eran llevadas de un lugar a otro; otras permanecían en un solo lugar. También los agentes de las fuerzas de seguridad hacían a su vez su recorrido dentro del sistema represivo clandestino.
Esta certidumbre, sumada a la abundante información recabada –la denuncia ante CLAMOR, las denuncias ante la CONADEP, las declaraciones en el Juicio por la Verdad, la investigación de AEDD y la causa Portesi-, tuvo que esperar aún varios años para dar sus frutos.
La causa iniciada con la denuncia del fiscal Félix Crous en 2003 se concentró en los delitos cometidos en La Cacha sin contemplar su inserción en un circuito represivo más amplio. Se supuso que esto simplificaría la investigación y aceleraría el proceso judicial. Lamentablemente no fue así.
La causa quedó radicada en el Juzgado Federal Nro. 1 de La Plata, tramitándose durante 9 años ante la Secretaría Especial Nro. 13 a cargo de Ana Cotter bajo el nro. 2 (ex 16419), caratulada “Arias Duval, Alejandro Agustín y otros s/ homicidio, privación ilegal de la libertad, tormentos y sustracción de menores”.
La investigación se centró en identificar a los responsables. Los sobrevivientes conocían apodos, señas particulares, características físicas, en pocos casos algún dato certero, sobre quienes los mantuvieron en cautiverio. La condición clandestina de la represión y la actuación de múltiples fuerzas de seguridad en el lugar tornaron muy difícil la tarea de determinar quiénes habían actuado allí. Las primeras indagaciones se orientaron hacia el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires.
Más adelante, se operó un abrupto recorte cronológico en la investigación: el estudio se focalizaría en los delitos cometidos durante el año 1977, dejando fuera los del año 1978. Una vez más se postuló que la parcialidad en la investigación reportaría el beneficio de la celeridad. Tampoco en esta ocasión fue así.
En cuanto a la indagación sobre las fuerzas represivas que actuaron en La Cacha, se fue develando poco a poco la injerencia del área de inteligencia del Ejército.
Otras fuerzas que también habrían actuado, además del Servicio Penitenciario y el personal de inteligencia del Ejército, serían la Armada y la Policía Provincial y Federal.
Más de 25 años después de haberse instaurado la democracia, el Poder Ejecutivo Nacional decidió que la documentación de las Fuerzas Armadas del período 1976-1983 dejara de ser confidencial mediante el Decreto Nro. 4 / 2010 publicado el 6 de enero de 2010 en el Boletín Oficial. A partir de entonces no sólo se pudo consultar documentación antes clasificada como “secreta”, sino también utilizarla como prueba en los distintos procesos judiciales.
El decreto puede consultarse en:
Con esto se pudo avanzar aún más sobre la responsabilidad que le cupo, en particular, al Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército, con asiento en la ciudad de La Plata.
A lo largo de 2010, recién siete años después de haberse iniciado la causa, se hicieron las primeras detenciones.
En octubre de 2011 el juez Manuel Humberto Blanco decidió desmembrar la causa, según sus palabras, para “no dilatar ni entorpecer el proceso ni violar las garantías constitucionales”. Dieciocho miembros de las fuerzas represivas estaban detenidos; según el juez se podía avanzar hacia el juicio por los delitos imputados a éstos y continuar la investigación de los restantes crímenes, víctimas y posibles imputados –además de quedar pendiente la detención de tres prófugos- en otra causa.
Por su parte, la fiscalía solicitó elevar a juicio las actuaciones por esos dieciocho imputados y ciento treinta y una víctimas, tres de ellas nacidas en cautiverio. Así lo hicieron también las querellas y, finalmente, el 28 de marzo de 2012 el juez envió la causa al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de La Plata.

Camino al juicio oral
El 29 de marzo de 2012 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de La Plata –integrado por Alejandro Daniel Esmoris, Nelson Javier Jarazo y José Aníbal Michelli- recibió la causa que investigaba parcialmente los delitos cometidos en La Cacha. Allí tomó el nro. 3227 / 12.
Dos meses después, el 29 de mayo de ese mismo año, el Tribunal declaró su incompetencia y por “razones de conexidad” envió las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de La Plata.
El 1° de junio el TOF 1 recibió el expediente, que quedó registrado con el nro. 3389 / 12 y, pocos días después, fue recaratulado como “HIDALGO GARZÓN, Carlos del Señor y otros s / inf. art. 144 inc. 1°, último párrafo, 142 incs. 1º y 5º agravado por el art. 144 ter 1º y 2º párrafo según ley 14.616 en concurso real, arts. 80 inc. 2º, 146 y 139 inc. 2º del Código Penal en concurso ideal”, ya que Alejandro Agustín Arias Duval había muerto el 25 de mayo de 2012.
Con su muerte no sólo quedaron impunes sus crímenes, sino que además significó que quedaran fueran del proceso las incriminaciones por homicidio y sustracción de menores, ya que al resto de los imputados sólo se los acusaba de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos.
El 1° de agosto el TOF 1 aceptó la competencia sobre esta causa por “razones de conexidad objetiva y subjetiva con la Causa Nro. 2955 / 09” (Circuito Camps), que se tramitaba ante ese Tribunal, entonces conformado por Roberto Atilio Falcone, Mario Alberto Portela y Carlos Alberto Rozanski.
Dos meses más tarde, el 5 de octubre de 2012, otro imputado murió; Ibérico Manuel Saint Jean fue sobreseído, se declaró la extinción de la acción penal por causa de muerte el 30 del mismo mes. Con esto, el número de imputados que continuaban esperando juicio era de dieciséis.
El año terminó con la nueva integración del Tribunal; los jueces Pablo Jantus y Pablo Vega fueron designados jueces subrogantes y ocuparon el lugar dejado por Falcone y Portela.

Dos causas más
En el Juzgado Federal Nro. 1 de La Plata, ante la Secretaría Especial Nro. 13, quedó pendiente la instrucción sobre los crímenes cometidos en La Cacha. La causa tuvo entonces el nro. 56 y siguió caratulada como “Arias Duval, Alejandro Agustín y otros s/ homicidio, privación ilegal de la libertad, tormentos y sustracción de menores”.
El 21 de junio de 2012, después de dos años de permanecer prófugo, detuvieron a Miguel Ángel Amigo y, un año más tarde, el 12 de junio de 2013 el juez Blanco resolvió separar una vez más la causa y enviar este fragmento al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1.
Ese mismo mes el TOF 1 radicó la causa bajo el nro. 3494 / 13, caratulándola “AMIGO, Miguel Ángel s / inf. art. 144 inc. 1°, último párrafo, 142 incs. 1º y 5º agravado por el art. 144 ter 1º y 2º párrafo según ley 14.616 en concurso real”, además de acumularla a la causa nro. 3389 / 12.
Por otra parte, en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 3 de La Plata, en la Secretaría Especial, se tramitaba la Causa Nro. 29 caratulada “Marcelo Bettini, Luis Bearzi s/ presuntas víctimas de homicidio”, en la que se investigaba la responsabilidad de personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en el homicidio de Marcelo Bettini y Luis Bearzi.
En febrero de 2013 el juez Arnaldo Hugo Corazza decidió cerrar la instrucción y elevar las actuaciones al TOF 1. La causa tomó allí el nro. 3471 / 13 y fue caratulada como “SMART, Jaime Lamont y otros s / inf. art. 80 inc. 6° del Código Penal” y, posteriormente, fue agregada a la causa que investigaba los delitos cometidos en La Cacha.
Es así como se llegó a fines del año 2013, con tres expedientes que intentan dilucidar la responsabilidad penal de 21 integrantes de las fuerzas de seguridad.



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